HONORABLE ASAMBLEA:

La presente iniciativa tiene como objetivo que se reconozca en la ley, el derecho de las personas indígenas a tener acceso a la información pública en sus lenguas maternas.

Fue a mediados del Siglo XX cuando se les reconoció como sujetos de derechos, lo cual permitió hacer visibles sus carencias y la necesidad de contar con un conocimiento más profundo de su cultura.

De esta manera, en 1957 se firmó el primer Tratado que aborda directamente la problemática indígena por parte de la Organización Internacional del Trabajo, conocido como Convenio número 107 "Sobre Poblaciones Indígenas y Tribales", mismo que fue ratificado por 27 países.

Al documento anterior le siguió la Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas de 1992, que establece que los Estados protegerán la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística de las minorías dentro de sus territorios respectivos y fomentarán las condiciones para la promoción de esa identidad.

Entre ellas se encuentra disfrutar su propia cultura, profesar y practicar su propia religión y utilizar su propio idioma, en privado y en público, libremente y sin injerencias ni discriminación de ningún tipo.

Finalmente, en el 2007, derivado de la recomendación que figura en la resolución del Consejo de Derechos Humanos del 29 de junio de 2006, el Consejo General aprobó el texto de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la cual, entre otras cuestiones, establece que "Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado."

Lamentablemente, pensar en el México de hoy como un Estado multicultural es todavía un anhelo. Si bien nuestro país se reconoce como un país pluricultural, sustentado originalmente en sus pueblos indígenas, todavía no es un Estado-Nación que promueva de manera plena y que acepte como parte de su condición, la diversidad y las muchas identidades que generan las culturas indígenas que conviven en su territorio.

Al respecto, el INEGI estableció que en el 2015 existían en nuestro país casi 12 millones de personas que hablan lengua materna. En la Ciudad de México, al año 2017, los indígenas sumaban más de 785 mil personas de las casi nueve millones que habitamos en su territorio.

Cada integrante de un pueblo indígena debe ser tomado en cuenta en el diseño de las políticas públicas que le interesan. Además, los pueblos indígenas creen en el reconocimiento de la diversidad cultural como un derecho público, en que el Estado tiene la obligación de hacer que coexistan sus formas de gobierno, sus lenguas, valores, identidad cultural y derechos plenos.

Asimismo, de conformidad con lo que establecen los artículos 57 y 59 de la Constitución Política de la Ciudad de México, los integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas, tienen derecho a acceder a la jurisdicción en sus lenguas maternas.

Igualmente, de acuerdo, a la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, "Las lenguas indígenas serán válidas, al igual que el español, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública".

En ese sentido, el Partido Verde propone a través de la presente iniciativa, el reconocimiento pleno de los pueblos y comunidades indígenas en un tema que es fundamental en la actualidad, como lo es el acceso a la información pública.

De manera concreta proponemos que se asegure el derecho fundamental de acceso a la información pública de los pueblos y comunidades indígenas asentados en la ciudad de México, garantizando que su ejercicio siempre se lleve a cabo en su lengua materna cuando así lo soliciten.

Muchas gracias.

Es cuánto.

PARTIDO VERDE